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Pide Ramírez Bedolla y 31 gobernadores no eliminar la prisión preventiva - Quadratín

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07 de mayo de 2024

Pide Ramírez Bedolla y 31 gobernadores no eliminar la prisión preventiva - Quadratín


Redacción / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoacán:

MORELIA, Mich., 7 de mayo de 2024.- El gobernador de Michoacán, Alfredo Ramírez, y las mandatarias y mandatarios del resto de los estados de México realizaron un llamado dirigido a la presidenta de la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN), Norma Lucía Piña Hernández, para que no se elimine la prisión preventiva oficiosa. En un comunicado se informó que en el documento, firmado por las y los 32 mandatarios del país, se solicita mantener la supremacía Constitucional sobre cualquier norma internacional, al existir una sentencia de la Corte Interamericana de Derechos Humanos, donde se señala que la medida cautelar de prisión preventiva oficiosa es contraria a los derechos humanos. Dicha petición que se acordó por las y los gobernadores durante la sesión de la Conferencia Nacional de Gobernadores (Conago), realizada el pasado 26 de abril, precisa que eliminar dicha medida traería efectos que ocasionarán un perjuicio a la seguridad pública y la justicia de los estados. En ese sentido, a través de redes sociales, Ramírez Bedolla señaló que “nos sumamos a la petición de compañeras y compañeros gobernadores a lo largo y ancho del país en defensa de la figura de prisión preventiva, haciendo un llamado a la SCJN a no dejarla sin efecto dado que representa una herramienta de combate al delito y la impunidad”. Asimismo, el mandatario michoacano refirió que la prisión preventiva oficiosa garantiza condiciones de seguridad a víctimas, testigos y jueces y el funcionamiento del propio sistema de procuración de justicia. Refirió que la prisión preventiva oficiosa es una medida precautoria que consistente en la privación de la libertad que el Juez de Control aplica de manera excepcional al acusado de un delito en situaciones de necesidad extrema, y que su objeto es asegurar la presencia del acusado durante el juicio y garantizar la eventual ejecución de las penas, con el fin de prevenir posibles acciones que puedan dañar a un tercero o la marcha del proceso.
Fuente: quadratin.com.mx


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