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Redacción / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoacán:
El Congreso Local aprobó, el día de hoy, la Ley Olimpia en Michoacán, ahora las personas que agredan sexualmente a través de redes.
Colectivos feministas y miembros del congreso impulsaron una propuesta para sancionar el delito de violencia sexual digital, podrán ser castigadas con hasta 8 años de prisión.
El día de hoy acudieron miembros participantes del movimiento feminista, así como otras diputadas quienes durante la discusión atendieron, de manera indirecta, iniciativas propias de su carrera política.
La ley Olimpia es una modificación que surge a partir de la divulgación de un video sexual, Olimpia Coral Melo aparecia en dicho contenido y tras sufrir acoso llevo la iniciativa al congreso.
Michoacán es el Estado número 18 en aprobar dicha Ley.
El dictamen elaborado por las Comisiones de Justicia, y de Igualdad Sustantiva y de Género, englobó tres iniciativas: de los diputados Oscar Escobar Ledesma y Sandra Luz Valencia, y la Ley Olimpia impulsada por el Poder Ejecutivo, con lo que se adiciona un párrafo tercero al artículo 194, se reforma el artículo 195 bis y se deroga el artículo 189 del Código Penal, y se reforma diversas disposiciones de la Ley por una Vida Libre de Violencia en el estado.
Así es que aquellos que tomen contenido íntimo o difundan imágenes, videos o audios sexuales reales o apócrifos sin consentimiento, deberán pagar una condena de entre 4 y 8 años de prisión, así como el pago de una multa de 300 UMAS.