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Redacción / esteesMichoacan.com | Morelia, Michoacán:
La Septuagésima Sexta Legislatura aprobó reformas a la Ley Orgánica Municipal, con el objetivo de dotar a los gobiernos locales de un marco jurídico que les permita regular de manera facultativa, y respetando su autonomía, la actividad comercial en zonas protegidas, impulsando la conservación del entorno urbano-rural y la convivencia social en sus comunidades.
La propuesta, presentada por los diputados Hugo Ernesto Rangel Vargas y Antonio Salvador Mendoza, fue dictaminada por las Comisiones Unidas de Fortalecimiento Municipal y Límites Territoriales, así como la de Turismo, y derivó en la adición de una fracción XXVII al inciso b) del artículo 40 y un artículo 41 ter a la Ley Orgánica Municipal del Estado.
Con la reforma, los Ayuntamientos que cuenten con localidades reconocidas como Pueblos Mágicos podrán declarar zonas de protección para la conservación del patrimonio histórico y cultural, a través de reglamentos y actos administrativos.
Asimismo, se prevé la creación del Comité de Pueblo Mágico, como espacio de coordinación entre autoridades y sociedad para fortalecer la promoción turística con identidad propia, en función de la capacidad institucional y presupuestaria de cada municipio. Dicho comité tendrá la facultad de emitir opiniones consultivas antes de otorgar licencias o permisos para giros económicos en las zonas protegidas.
El dictamen aprobado advierte que con estas medidas se busca evitar que cadenas comerciales y de conveniencia desplacen a los negocios tradicionales, afectando la economía local y desvirtuando los objetivos del programa Pueblos Mágicos, cuyo fin es integrar y fortalecer la Cadena Productiva Turística.
De esta manera, la reforma abre la puerta para que las administraciones municipales involucren a sus distintas áreas en la planeación, reglamentación y aplicación de medidas preventivas y correctivas, en favor de un desarrollo turístico ordenado, sostenible y con identidad cultural.